Póliza de crédito:
“…figurará enel pasivo del balance formando parte de la partida “Deudas con entidades decrédito” del epígrafe C.III “Deudas a corto plazo”.”
PÓLIZA
DE CRÉDITO
Análisis y ejemplos
El funcionamiento de una cuenta de crédito es similar al de una cuenta
corriente, por lo que se registrarán tanto los cargos como los abonos relativos
a dicha cuenta que la sociedad realice.
Ejemplo: contratamos una póliza de crédito a un año con un
límite de 100.000 €. El saldo de la cuenta en la fecha de contratación es de 0
€, por lo que inicialmente no registraremos ningún apunte contable, y posteriormente
se registrarán los cargos y abonos que la sociedad realice contra dicha cuenta
de crédito, pudiendo ascender el saldo acreedor de la cuenta hasta el límite
contratado de 100.000 €.
De esta forma, si en la fecha de cierre del ejercicio
el saldo dispuesto asciende a 20.000 €, éste será el saldo contable acreedor de
la cuenta 5201 de dicho crédito (sin considerar conciliaciones por otros
motivos).
Para el registro de dichas operaciones puede utilizarse la cuenta 5201 “Deudas a corto plazo por crédito dispuesto”. De esta forma, el saldo
acreedor que refleje la cuenta en la fecha de cierre de las cuentas anuales
figurará en el pasivo del balance como deuda a corto plazo con entidades de
crédito.
Por otro lado, respecto a la clasificación temporal de una cuenta de crédito, lo habitual es que
se contrate por periodos anuales, en algunos casos con posibilidad de
prorrogarla a su vencimiento, por lo que el importe dispuesto se clasificará
como deuda a corto plazo.
Sin embargo, pueden darse casos como en los
llamados créditos a la construcción, en los que la póliza de crédito tenga un
vencimiento superior a un año. En estos casos, el importe dispuesto del crédito
a fecha de cierre, al no ser exigible en el corto plazo, figurará como deuda a
largo plazo del pasivo del balance, para lo cual puede reclasificarse a una
cuenta 1701 creada a tal efecto.
Dicha clasificación podría admitirse también en el
caso de cuentas de crédito contratadas por un año que incluyan una o varias
prórrogas, siempre que sea intención de la dirección hacer uso de dichas
prórrogas. Dicha
clasificación deberá analizarse a la luz de las circunstancias de cada caso
concreto:
- La Dirección debe tener intención de renovar el crédito.
- De las condiciones contractuales del crédito deriva la posibilidad de
prorrogar la vigencia del mismo por voluntad de la empresa.
- En caso de vencer el crédito en una fecha anterior a la aprobación de las cuentas anuales, se habrá producido la renovación (hechos posteriores).
- También puede ser útil verificar el tipo de clasificación de la
financiación que otorga la CIRBE (Central de Información de Riesgos del Banco
de España): FINL (riesgo financiero con vencimiento medio, según plazo de
origen, superior a un año) o FINC (hasta un año).
Análisis y ejemplos
Cuando el saldo de una cuenta corriente a fecha de
cierre del ejercicio es negativo (comúnmente denominado “números
rojos”), deberá reclasificarse al pasivo a corto plazo del balance de
situación, pudiendo para ello utilizar una cuenta creando un subgrupo 5202
“Deudas a corto plazo por descubierto en cuenta corriente”.
Ejemplo: saldo de una cuenta
corriente a fecha de cierre (31/12/xx): -2.000 €.
Reclasificación:
2.000 (5202.x) a
(572.x) 2.000
El 01/01/x+1 podríamos realizar el
asiento contrario y seguir operando normalmente con la cuenta de tesorería.