17 de mayo de 2016

Resolución del ICAC de 10/05/16 por la que se establece el procedimiento para el pago telemático de la tasa por expedición de certificados e inscripciones en el ROAC

Resolución de 10 de mayo de 2016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se establece la aplicación del procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de la tasa prevista en el artículo 88 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas.En el BOE de 17/05/2016 se ha publicado la Resolución del ICAC (RICAC) de 10/05/2016, que establece el procedimiento para la presentación y pago por vía telemática de la tasa por expedición de certificados e inscripciones en el ROAC (artículo 88 de la Ley de Auditoría de Cuentas 22/2015).


Puedes descargar la Resolución del ICAC de 10/05/2016 en el siguiente enlace.


ANTECEDENTES DE LA NUEVA TASA




PROCEDIMIENTO TELEMÁTICO


  • Tiene carácter voluntario, también puede optarse por realizar el pago presencialmente en formato papel.
  • Es necesario tener instalado certificado de usuario para proceder a la presentación y pago telemático.
  • La dirección para su tramitación es la siguiente:
https://sede.mineco.gob.es/portal/site/sede/icac

En dicha dirección se puede acceder a las diferentes solicitudes que dan lugar al pago de la tasa:






  • Inscripción de sociedad de auditoría en el ROAC. (100 € más 48 € por consejero/administrador).

    • El pago se realizará a través de la pasarela de pagos de la AEAT y se generará un NRC como justificante.



    ENTRADA EN VIGOR


    La RICAC es de aplicación a partir del 18 de mayo de 2016.

    PASOS A SEGUIR


    En resumen, los pasos a seguir ante la necesidad de solicitar al ICAC un certificado, una inscripción o una anotación en el ROAC, son los siguientes:
    1. Cumplimentar el modelo 791.
    2. Proceder a su pago presencial o telemáticamente.
    3. Cumplimentar el modelo de solicitud al ICAC de la inscripción, anotación o certificado correspondiente (Rxx).
    4. Enviarlo al ICAC junto con el justificante de pago de la tasa y la documentación acreditativa correspondiente, según el caso (se indica en cada modelo de solicitud).
    5. El envío puede ser en pdf por correo postal o electrónico, o telemático.