15 de mayo de 2016

BOICAC 105 Consulta 2 Contabilidad: contabilización de servicios prestados gratuitamente

BOICAC 105 Consulta 2 Contabilidad


BOICAC 105 Consulta 2 Contabilidad  Sobre la contabilización de servicios de abogacía prestados a título gratuito.Sobre la contabilización de servicios de abogacía prestados a título gratuito.



Puedes acceder a la consulta en la web del ICAC, pinchando aquí, o descargarla en el siguiente enlace:




Supuesto


  • Una entidad sin fines lucrativos (ESFL) intermedia como parte de su actividad en la prestación de servicios jurídicos gratuitos: la ESFL escoge proyectos de otras entidades en los que una firma de abogacía presta servicios jurídicos gratuitamente.
  • La responsabilidad del servicio recae sobre la firma de abogacía.


Respuesta-Análisis


CONTABILIDAD DE LA FIRMA DE ABOGACÍA


  • Clasificación: los costes incurridos en la prestación de los servicios se reconocerán en función de su naturaleza. Adicionalmente, si estos servicios gratuitos tuviesen carácter excepcional y cuantía significativa, procedería reclasificar su importe en la partida Otros resultados (cuenta 678), con abono a una cuenta del grupo 73 “Trabajos realizados por la empresa para su activo”.
  • Valoración: por el coste de los gastos incurridos en la prestación del servicio.


Por ejemplo, si se tratase de servicios de abogados en plantilla cuyo coste de personal fuese de 2.000 €, los asientos serían los siguientes (para simplificar no se tienen en cuenta los efectos fiscales):

contabilización de servicios prestados gratuitamente


El ICAC aplica por analogía la RICAC de 01-03-2013 sobre inmovilizado material e inversiones inmobiliariasNorma 4ª “Baja de activos”, apartado 2.1 “Entregas a título gratuito”.
 
NORMA 4ª - RICAC 01-03-2013 NRV inmovilizado material e inversiones inmobiliarias
NORMA 4ª - RICAC 01-03-2013 NRV inmovilizado material e inversiones inmobiliarias


CONTABILIDAD DE LA ENTIDAD SIN FINES LUCRATIVOS


En este punto podríamos diferenciar dos supuestos:

  • Cuando es la ESFL la que percibe los servicios.
    • Clasificación: se registrará un gasto según su naturaleza (cuenta 623) y un ingreso como subvención (740).
    • Valoración: por el valor razonable del servicio (deberá estimarse).

Siguiendo con el ejemplo anterior, si el valor razonable de los servicios percibidos se estimase en 2.500 €, el asiento en la contabilidad de la ESFL sería el siguiente:

contabilización de servicios recibidos gratuitamente


El ICAC aplica en este punto el PGC-ESFL - NRV 20ª “Subvenciones, donaciones y legados recibidos” - Apartado 4.4. “Servicios recibidos sin contraprestación”.

NRV 20ª - PGC-ESFL servicios recibidos sin contraprestación
NRV 20ª - PGC-ESFL

  • Cuando es la entidad beneficiaria quien percibe el servicio por mediación de la ESFL: no tendría reflejo contable en la ESFL (siempre que un análisis del fondo económico de la operación concluyese que la ESFL no tiene control económico sobre la prestación del servicio).








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