4 de marzo de 2017

BOICAC 108 Consulta 1 Auditoría: entrada en vigor Ley 22/2015 de Auditoría de Cuentas

BOICAC 108 Consulta 1 Auditoría




Sobre el alcance de determinadas cuestiones surgidas en relación con la
BOICAC 108 diciembre 2016 Consulta 1 auditoríaentrada en vigor de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas,
según lo dispuesto en el segundo párrafo del apartado 1 de su disposición final
decimocuarta.


Puedes acceder a la consulta en la web del ICAC, o descargarla en el siguiente enlace:



SITUACIÓN



La Disposición Final 14ª de la Ley 22/2015, de Auditoría de Cuentas, publicada el pasado 21 de julio de 2015, prevé distintos momentos para la entrada en vigor de los cambios que incorpora.

Disposición final decimocuarta ley 22/2015 de auditoría de cuentas entrada en vigor

CUESTIONES

  • A qué aspectos concretos de los capítulos y secciones referidos se aplica la fecha de entrada en vigor posterior (encargos de auditoría de estados financieros de ejercicios iniciados a partir de 17/06/2016).
  • Inicio del ejercicio en supuestos específicos.

ANÁLISIS

Entrada en vigor para encargos de auditoría de estados financieros de ejercicios iniciados a partir de 17/06/2016 


Se aplica a las normas concretas de realización de las auditorías y de la emisión del informe recogidas en el Título I. "De la auditoría de cuentas", que supongan un cambio en la regulación respecto a la Ley anterior:



  • Capítulo I. De las modalidades de auditoría de cuentas: incluye la regulación del contenido del informe de auditoría. Se precisa que al inicio de los trabajos de auditoría ya deben haberse establecido e implementado los procedimientos y políticas necesarios para cumplir todas los cambios normativos.


  • Capítulo III. Ejercicio de la actividad de auditoría de cuentas. el ICAC precisa lo siguiente:
    • Entrada en vigor para encargos de ejercicios iniciados a partir de 17/06/2016: régimen de independencia, de contratación, organización interna, organización del trabajo, garantía y responsabilidad.
    • Entrada en vigor a partir de 17/06/2016: duración del contrato (art. 22), abstención de honorarios (art. 25), organización interna (art. 28), y registros (art. 29.3).


  • Capítulo IV. De la auditoría de cuentas en entidades de interés público. Resultan aplicables las matizaciones anteriores aplicadas a trabajos de auditoría de EIP, por lo que la entrada en vigor a partir de 17/06/2016 se aplica a la duración del contrato (art. 40), abstención de honorarios (art. 41), organización interna (art. 42), registros (art. 43), y expediente de traspaso (art.44, excepto lo que se incorpora ex novo en la nueva ley).


Primer ejercicio de aplicación de la Ley 22/2015 en supuestos concretos 



Las normas de ejecución de los encargos anteriormente mencionadas se aplican por primera vez a encargos de auditoría de estados financieros de ejercicios iniciados a partir de 17/06/2016, por lo que surgen dudas sobre la fecha de inicio del ejercicio en determinados supuestos, lo cual deberá analizarse en la legislación específica que resulte de aplicación a cada caso:

  1. Sociedades de nueva creación: fecha de la escritura de constitución, salvo disposición contraria en los Estatutos (artículos 24 y 26 del TRLSC).
  2. Fusiones y escisiones: fecha de efectos contables de la operación.
  3. Transformación del objeto social o traslado del domicilio social: la fecha de cierre ya fijada, que en principio no se verá afectada por estos cambios.
  4. Cambio de fecha del cierre: fecha de inicio de cada uno de los ejercicios, en su caso.


OTROS ANÁLISIS SOBRE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 22/2015


En entradas anteriores del blog tuvimos ocasión de analizar las diferentes fechas de entrada en vigor de la Ley 22/2015:

Entrada en vigor de la Ley 22/2015, de Auditoría de Cuentas

Cuándo empezaremos a aplicar la Ley 22/2015 de Auditoría de Cuentas en su totalidad





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