BOICAC 107 Consulta 1 Auditoría
Sobre el alcance de la disposición derogatoria única de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas (LAC).
Puedes acceder a la consulta en la web del ICAC, pinchando aquí, o descargarla en el siguiente enlace:
Pregunta
¿La Ley 22/2015, de Auditoría de Cuentas, deroga el Reglamento de Auditoría de Cuentas (RAC)?
Respuesta
NO.
“La disposición derogatoria única de la LAC sólo y únicamente deja sin vigencia el RAC en lo que se oponga o contradiga a la nueva LAC”.
“La disposición derogatoria única de la LAC sólo y únicamente deja sin vigencia el RAC en lo que se oponga o contradiga a la nueva LAC”.
Análisis
La Disposición Derogatoria Única de la Ley 22/2015 deroga expresamente el TRLAC, además de todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en dicha Ley.
Puesto que el Reglamento de Auditoría de Cuentas se aprobó como desarrollo del TRLAC, surge la duda de si la derogación expresa de éste último implica la derogación de su Reglamento de desarrollo.
El ICAC aclara que no puede considerarse derogado todo el RAC; sólo quedan derogadas las disposiciones del Reglamento de Auditoría que se opongan a la Ley 22/2015. Entre otros, ofrece los siguientes argumentos:
- La LAC no deroga expresamente el RAC.
- Si se entendiese derogado surgiría un vacío legal para todos los aspectos regulados en el mismo no contrarios a la LAC.
- El propio Reglamento ha sido objeto de modificación tras la aprobación de la LAC (en relación a la definición de EIP, como analizamos en una entrada anterior del blog).
CONCLUSIÓN
El Reglamento de Auditoría (RAC) sigue vigente en lo no contrario a la Ley 22/2015, de Auditoría de Cuentas.