3 de marzo de 2015

Contabilización de activos financieros en PYMES: BOICAC 100 Consulta 5

BOICAC 100 Consulta 5


BOICAC 100 consulta 5 contabilidad activos financieros PYMESSobre el tratamiento contable de determinados activos financieros (acciones, fondos de inversión y otras participaciones en instituciones de inversión colectiva), en el caso de una empresa que aplica el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas (PGC-Pymes), 

aprobado por Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre. 

La consulta versa sobre la clasificación contable y, en consecuencia, los criterios aplicables en la valoración de los siguientes instrumentos de patrimonio: la inversión en el capital social de una sociedad de inversión de capital variable (SICAV), en participaciones de fondos de inversión y en acciones.

Respuesta


“El tratamiento contable de estos activos depende de la cartera en que se clasifiquen las inversiones (…): “Activos financieros mantenidos para negociar” o “Activos financieros a coste”.

Activos financieros mantenidos para negociar.


…si el propósito de la empresa es vender el activo en el corto plazo se incluirá en la primera categoría (…) una empresa solo incluirá los instrumentos financieros en esta categoría cuando realice una gestión (negociación) activa y recurrente.

  • Valoración inicial a coste: equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada, reconociendo los costes de transacción en la cuenta de pérdidas y ganancias;
  • Valoración posterior a valor razonable con imputación de los cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias.

Activos financieros a coste.


En caso contrario, se incluirán en la categoría de “Activos financieros a coste”.

  • Valoración inicial a coste, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de transacción directamente atribuibles.
  • Valoración posterior a coste, menos, en su caso, el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro. El importe de la corrección valorativa será la diferencia entre su valor en libros y el importe recuperable, entendido éste como el mayor importe entre su valor razonable menos los costes de venta y el valor actual de los flujos de efectivo futuros derivados de la inversión. A tal efecto:
    • En las inversiones en el patrimonio de empresas que no sean del grupo, multigrupo o asociadas admitidas a cotización, como sustituto del valor actual de los flujos de efectivo futuros se utilizará el valor de cotización del activo, siempre que éste sea lo suficientemente fiable como para considerarlo representativo del valor que pudiera recuperar la empresa.
    • Tratándose de inversiones no admitidas a cotización se tomará en consideración el patrimonio neto de la entidad participada corregido por las plusvalías tácitas existentes en la fecha de la valoración”.

El siguiente esquema ilustra las consideraciones anteriores:


BOICAC 100 consulta 5 Contabilidad activos financieros PYMES


 Sección BOICACPuedes acceder al análisis de ésta y otras consultas en la sección BOICAC: