14 de febrero de 2015

Aprobación del Proyecto de Ley de Auditoría de Cuentas


En el Consejo de Ministros celebrado el 13 de febrero de 2015 ha sido aprobado el Proyecto de Ley de Auditoría de Cuentas y remitido a las Cortes Generales para su tramitación parlamentaria.

En el siguiente enlace puede consultarse la Referencia del Consejo de Ministros de 13-02-2015 publicada por el Gobierno en su página web, así como el estado de tramitación en la web del Congreso, en el siguiente enlace.

Consejo Ministros aprobación Proyecto Ley Auditoría de Cuentas
También puede consultarse a dicha información en formato pdf en el siguiente enlace:

En dicho documento se indica que en el Proyecto de Ley se han incorporado la mayoría de las observaciones que el Consejo de Estado ha realizado al Anteproyecto de Ley (ALAC), "además de otras solicitadas por los sectores implicados". 

A continuación se resumen brevemente algunas de las principales novedades introducidas por el texto normativo aprobado.


A la espera de conocer el texto íntegro del Proyecto aprobado para analizar los cambios que incorpora respecto al Anteproyecto de Ley, de la información proporcionada sobre el Consejo de Ministros de hoy podemos extraer que no habrá cambios relevantes respecto al Anteproyecto de Ley de Auditoría de Cuentas, más allá de posibles cambios de la estructura del articulado y clarificación de algunos aspectos.

Por ello, sigue vigente la valoración general negativa del Proyecto normativo realizada por las Corporaciones de auditores, que ven desoída la petición de revisión global del texto solicitada.

Si quieres conocer todo el proceso de tramitación de la nueva Ley de Auditoría de Cuentas, visita la sección AUDITORÍA del blog.


ACTUALIZACIÓN 16-02-15: una vez analizado el texto del Proyecto de Ley de Auditoría de Cuentas aprobado y enviado a las Cortes, hemos realizado un resumen de los principales cambios que incorpora, entre los que destaca la eliminación de la prohibición de inscripción en el ROAC de sociedades de auditoría con identidad sustancial con otra ya inscrita. Puedes acceder a dicho análisis a través del siguiente enlace.